Convocatoria de becas de libros de texto y material didáctico. Curso 2010/2011
Miércoles, 7 abril 2010Para alumnos nacidos en 2005.
Programa cofinanciado por el Ministerio de Educación en los centros sostenidos con fondos públicos de la enseñanza obligatoria.
La Consejería de Educación convoca becas de libros de texto y material didáctico para el curso escolar 2010/2011.
Las becas se concederán en régimen de concurrencia competitiva, con las siguientes modalidades:
- Modalidad Familias numerosas: En esta modalidad se incluye el alumnado perteneciente a familias numerosas.
- Modalidad MEC: En esta modalidad se incluye el alumnado beneficiario de las ayudas de libros convocadas por la Consejería de Educación para el curso 2009/2010, en la modalidad de “Beneficiarios del MEC”.
- Víctimas de terrorismo: En esta modalidad se incluye el alumnado que, como consecuencia de un atentado terrorista, haya sufrido el alumno o su familia el daño a que se refiere el artículo 7 de la Ley 12/1996, de 27 de diciembre, reguladora de ayudas a las víctimas del terrorismo.
- Modalidad general: En esta modalidad se incluye el resto del alumnado, en función de la renta per cápita familiar, hasta agotar la totalidad del crédito.
Solicitantes
Podrán solicitar las ayudas el padre, madre, tutor o persona encargada de la guarda y protección de alumnos que en el ejercicio escolar 2010/2011 vayan a cursar estudios en cualquier centro docente de la Comunidad de Madrid autorizado por la Consejería de Educación y en alguno de los siguientes cursos:
- 3º del segundo ciclo de Educación Infantil.
- 1º a 6º de Enseñanza Primaria.
- 1º a 4º de Enseñanza Secundaria Obligatoria.
Plazo presentación de solicitudes
Del 1 al 26 de abril de 2010, ambos inclusive.
Presentación telemática de solicitudes
Es la forma más recomendable de presentar la solicitud por las ventajas que supone:
- Puede presentarse cómodamente desde casa o desde el trabajo sin tener que desplazarse a los centros u otros lugares indicados para su presentación.
- Puede presentarse en cualquier momento sin tener que ajustarse a los días o a los horarios de atención al público establecidos en los centros.
- La solicitud queda grabada automáticamente en la base de datos desde el mismo momento del envío por el interesado quedando únicamente pendiente de revisión.
- No existe posibilidad de extravío de la solicitud o de la documentación presentada.
- Se obtiene resguardo de su presentación de igual valor que si se presentara físicamente.
Para poder presentar la solicitud telemáticamente se requiere disponer de certificado digital reconocido por la Comunidad de Madrid.
La presentación telemática de la solicitud permite incorporar por parte de los solicitantes documentación digitalizada. Dicha documentación anexada deberá ser adquirida del documento original, con la suficiente calidad que permita su correcta visualización, debiendo quedar los documentos originales en poder del solicitante que deberá conservarlos, pudiendo ser requeridos por la Consejería de Educación.
Se podrá adjuntar a la solicitud telemática ficheros que contengan documentación siempre que sean de extensión doc, pdf, jpg o tif y que el tamaño máximo conjunto de los ficheros no supere los 10 Megabytes.
La presentación telemática de la solicitud se podrá realizar a través del siguiente enlace. Una vez cumplimentada y enviada la solicitud se recibirá un justificante que acreditará su presentación.
Solicitud física
Los impresos de solicitud para su presentación física se pueden conseguir en las Secretarías de los Centros docentes, en las Direcciones de Área Territorial, en la Oficina de Información de la Consejería de Educación (C/Gran Vía 20) o podrán obtenerse y cumplimentarse directamente a través de la página web de la ficha de procedimiento.
Documentación:
La solicitud se cumplimentará con los datos que proceda, según las circunstancias de los alumnos, y siempre deberá consignarse de forma clara y legible:
- Número de DNI o NIE de todos los miembros de la unidad familiar.
- Número de Identificación del Alumno (NIA) de todos los alumnos por los que se solicita beca.
- Número del título de familia numerosa, en su caso.
En la solicitud deberá de figurar obligatoriamente el Número de Identificación del Alumno (N.I.A.) de cada uno de los alumnos por los que se solicite la ayuda, al ser el único medio oficial de identificación del alumno. El centro deberá facilitar este número a los padres que lo desconozcan.
En la solicitud se podrá autorizar la consulta de datos a la Consejería de Educación para que pueda obtener a través de cruces telemáticos:
- De la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la información necesaria para determinar la renta de la unidad familiar.
- Del Ministerio de Administraciones Públicas, la información necesaria para determinar la validez de los DNI o NIE de los solicitantes.
- De la Consejería de Familia y Asuntos Sociales sobre título de familia numerosa, Renta Mínima de Inserción y minusvalía.
- Del Instituto Nacional de Estadística, la información de empadronamiento necesaria para determinar la no convivencia a fin de determinar la unidad familiar.
Esta autorización exime a los solicitantes de presentar los documentos que acreditan las situaciones objeto de cruce telemático siempre que sean válidas.
En la mayoría de los casos si se autoriza la consulta de datos no será necesaria la aportación de ninguna documentación.
Cuando no se autorice la consulta de datos, y en aquellos casos en que sea necesario, junto con la solicitud se presentará fotocopia en papel tamaño folio (DIN A4, no se admitirán fotocopias recortadas ) de los documentos necesarios, según la modalidad por la que se solicite la beca y de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de convocatoria. En el momento de presentar la solicitud, se exhibirán los documentos originales correspondientes a las fotocopias presentadas. Estos originales se devolverán a los interesados.
En todo caso, la documentación que se presente deberá estar en vigor en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Firma de la solicitud: La solicitud será firmada por el padre, madre, tutor o persona encargada de la guarda y protección del alumno, excepto en los supuestos de separación o divorcio en los que podrá ser firmada únicamente por el progenitor que tenga la custodia del menor. Todo ello sin perjuicio de la firma por parte del resto de miembros de la unidad familiar computables que sean mayores de edad.
Lugar presentación de solicitudes
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las solicitudes físicas se cumplimentarán en el modelo correspondiente y se presentarán, por duplicado, en la secretaría del centro docente en la que el alumno se encuentre matriculado en el curso 2009-2010 y si fueran varios alumnos de una misma familia en el centro del alumno de menor edad.
En el caso de que el alumno que va a solicitar la ayuda no estuviese matriculado en ningún centro de enseñanza infantil, primaria o secundaria de la Comunidad de Madrid, la solicitud se presentará en el centro público o concertado que vaya a solicitar como primera opción en el proceso de admisión para el curso 2010/2011 o en el centro privado no concertado en que tenga reserva de plaza o vaya a solicitarla para el curso 2010/2011.
Si desconoce en qué centro va a solicitar la admisión o reserva de plaza, la solicitud se presentará en la Dirección de Área Territorial correspondiente.
Consulta ficha de procedimiento
Importe de las becas
- Educación Infantil (curso 3º del segundo ciclo)…40 euros
- Educación Primaria….……………………………104 euros
- Educación Secundaria…………………………….110 euros
Teléfono de información: 012
Aplicación informática (Sólo consulta)
Área de descargas



















